Fiscalidad
Un sistema fiscal específico
El principio general de la fiscalidad monegasca es la ausencia total de toda imposición directa, aunque existen dos excepciones a este principio:
Las empresas que obtengan de fuera del Principado más del 25% de
su volumen de negocio y las sociedades cuya actividad en Mónaco
consista en recibir ingresos sobre patentes o sobre derechos de autor
literarios o artísticos, son sujetas a un impuesto sobre beneficios del 33,33 %.
Las personas físicas de nacionalidad
francesa que al 31/10/1962 no hayan podido justificar cinco años
de residencia en Mónaco, estan
sujetas al impuesto sobre la renta francés.
A parte de Francia, el Principado no ha firmado ningun acuerdo fiscal bilateral.
Las personas físicas
Las personas físicas residentes en Mónaco (excepto las de nacionalidad francesa) no están sujetas en el Principado a ningún impuesto sobre la renta, sobre la plusvalía o sobre el capital. Para los nacionalizados franceses hay que distinguir dos situaciones:
- Los franceses que puedan justificar 5 años de residencia en Mónaco al 31/10/1962 entran dentro del regimen general.
- Los otros residentes franceses estan sujetos al impuesto sobe la renta francés, percibido por la administración francesa en su beneficio.
Los bienes situados en Mónaco están sujetos, en concepto de Impuesto están sujetos, en concepto de Impuesto de Sucesión, a los siguientes tributos:
- en línea directa : 0%
- entre hermanos y hermanas : 8%
- entre tíos y sobrinos: 10%
- entre otros colaterales: 13%
- entre no familia: 16%
Las empresas
Ninguna imposición directa es requerida, con la única excepción del impuesto sobre beneficios en los casos precisados anteriormente.
Los timbres y registros
Estos son requeridos para todos los documentos destinados a actos civiles y judiciales y para las escrituras. La mayoría de las veces son fijos, pero pueden variar dependiendo del tamaño del documento o del valor de lo que se incluya en las actas. Los impuestos de registro se perciben al registrar cualquier cambio.